Las cajas de compensación en Colombia tienen diferentes servicios para personas en condición de discapacidad. Aquí te explicamos cómo puedes acceder a ellos si eres afiliado a Combarranquilla, y también te compartimos otros beneficios solo para ti.
Requisitos generales
Acreditación de discapacidad:
Inicialmente, se debe soportar ante la Caja la condición de discapacidad del trabajador o de la persona a cargo. Para esto, es necesario:
- Diligenciar el formulario de afiliación físico que puede solicitarse en cualquiera de nuestras Unidades de Servicio (Boston, Country y Calle 30).
- Anexar el certificado de discapacidad expedido por alguna de las siguientes entidades:
- IPS autorizadas
- Secretarías de salud distritales y/o departamentales
- Junta Regional de Calificación de Invalidez del Atlántico
- Presentar la historia clínica del beneficiario.
En el caso del subsidio educativo para personas con discapacidad, se solicitarán otros documentos que serán precisados en la siguiente sección.

Beneficios
Subsidio en dinero:
El subsidio familiar en dinero es la cuota monetaria que se otorga mensualmente a todo afiliado por persona a cargo que tenga derecho a este beneficio. Para recibirlo, según la Superintendencia del Subsidio Familiar, los afiliados a las cajas de compensación deben:
- Tener ingresos inferiores a 4 SMLV.
- Sus ingresos sumados a los del cónyuge o compañero(a) no deben sobrepasar los 6 SMLV.
- Laborar al menos 96 horas en el mes.
- Incluir a sus personas a cargo en el sistema, adjuntando los documentos que prueben el derecho al subsidio.
Las personas a cargo incluyen:
- Hijos biológicos, adoptivos e hijastros que no sobrepasen los 18 años y que dependan económicamente del trabajador.
- Hermanos huérfanos que no sobrepasen los 18 años y que dependan económicamente del trabajador.
- Padres mayores de 60 años que no reciban salario, renta o pensión.
Nota: Los beneficiarios mayores de 12 años deben presentar una acreditación de escolaridad.
Este beneficio también aplica para:
- Hijos y hermanos huérfanos de padres en condición de discapacidad.
- Padres que presenten una condición de discapacidad.
Ambos deben depender económicamente del trabajador afiliado.
En este caso, el trabajador recibirá el doble del subsidio en dinero por persona a cargo que tenga algún tipo de discapacidad certificada. No hay limitaciones de edad.
En 2025, la cuota del subsidio en dinero es de $52.700.
Así, por ejemplo, si una madre tiene 2 hijos en su grupo familiar y ambos acreditan una discapacidad, recibirá en total una cuota de $210.800. Para cada hijo, corresponden $105.400 (el doble de $52.700).
Subsidio educativo:
El subsidio educativo es un beneficio que se otorga para apoyar la educación del trabajador y su grupo familiar.
Subsidio escolar
Si el afiliado tiene a su cargo personas en condición de discapacidad, este debe:
- Registrar al beneficiario en Combarranquilla como persona a cargo en condición de discapacidad (teniendo en cuenta la acreditación de discapacidad mencionada).
- Presentar solicitud de Subsidio Educativo debidamente diligenciada, con firma y sello de la institución educativa.
- Anexar la circular expedida por la institución que indique el valor de la mensualidad a cancelar.
- Para los hijos en condición de discapacidad que estudien en instituciones educativas regulares, se deberá presentar:
- Resolución de aprobación de las tarifas de los costos educativos emitida por la Secretaría de Educación.
En 2025, los beneficiarios pueden recibir hasta $735.000. El monto varía según lo evidenciado en la resolución de la Secretaría de Educación.
Subsidio universitario
Como beneficio, las personas a cargo en condición de discapacidad no tienen un límite de edad para recibir este subsidio. Solo se tiene en cuenta el número de semestres señalados en el pénsum del estudiante.
Programas sociales:
Atención a Personas con Discapacidad
En el programa Atención a Personas en Situación de Discapacidad se brindan oportunidades de inclusión para favorecer el desarrollo humano y la calidad de vida. Podrán disfrutar de cursos de natación, talleres de manualidades, clases de baile, entre otras actividades que activan el cuerpo y la mente.
Los requisitos son:
- Ser beneficiario de trabajador afiliado (hijo o hermano huérfano).
- Estar inscrito en el programa.
- Tener al menos 5 años de edad.
- Presentar diagnóstico de discapacidad física, sensorial o cognitiva.
- Tener acompañamiento (sombra) en los talleres, para las personas que lo requieran.
- Diligenciar la ficha familiar con la trabajadora social.
Unidades de atención:
- Unidad Boston (Carrera 43 No. 63B-107)
- Unidad Calle 30 (Calle 34 # 36-24)
Si necesitas más detalles sobre los beneficios monetarios para personas con discapacidad, contacta a Eloy al +57 5 3225049 o escribe al correo info@combarranquilla.co.
Para más información del programa Atención a Personas con Discapacidad, puedes acercarte a nuestras Unidades de Servicio o escribir al correo lyla.llinas@combarranquilla.co.
Tu bienestar es nuestra prioridad. Apoyamos todos tus procesos para darte todo lo que necesitas y seguir transformando tu vida.